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Esta es la normativa de la DGT sobre los patinetes eléctricos


Se esperaba que la DGT (Dirección General de Tráfico) hiciera pública una normativa en diciembre respecto a los patinetes eléctricos, y así ha sido. Aunque de momento es una instrucción transitoria (es decir, una regulación básica de cara a su inclusión en el Reglamento General de Vehículos, que se espera el próximo año, motivado por el bloqueo legislativo), es un marco legal en el cual ya se podrá legislar y sobre el cual los usuarios deberán moverse y que tendrán que respetar, además de las propias regulaciones locales que cada ayuntamiento haya dictado.

No hay, sin embargo, muchas novedades, y se confirma definitivamente que estos vehículos circulen por las aceras, aunque sí podrán circular por carriles-bici, siempre y cuando la autoridad competente (el ayuntamiento) lo permita. De lo contrario, tendrán que circular por la carretera como cualquier turismo o motocicleta.

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Con la nueva normativa, éstos son los patinetes eléctricos que podrás conducir


Tras la aparición de la nueva normativa de tráfico que regula el uso y conducción de los patinetes eléctricos (aquí más información respecto a ella), pocas alternativas nos quedan. O bien conducir una bicicleta eléctrica, o un patinete clásico. De lo contrario, corremos un alto riesgo de accidente al conducir un endeble patín o scooter eléctrico en la vía pública, entre el terrorífico tráfico diario, o en carreteras.

Por eso, podemos optar por elegir un patinete eléctrico que sí podamos usar en las aceras y entre peatones. Te damos algunas de las opciones que existen de este tipo de modelos.

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¿Y qué ocurre con los patinetes eléctricos? ¿Es legal conducirlos?


Los diferentes artilugios con motor a gasolina, como patinetes, monopatines, etc., que existen desde hace lustros en el mercado, no están catalogados como vehículos para la vía pública, por lo que cuando adquiríamos uno solamente se podía usar en terrenos privados. Pero desde hace unos años la moda de los vehículos eléctricos ha hecho que proliferen por todos lados "artefactos" de lo más inverosímiles propulsados por energía eléctrica: hoovers, monopatines, Segway, ruedas auto-equilibradas, hoverboard, y un sin fín de productos y denominaciones. Hoy mismo veía cómo una chica -ya entrada en años- circulaba con un patinete eléctrico "a toda pastilla" por la carretera sin llevar luces, casco y, ni por supuesto, matrícula.

Tal vez el error sea debido al uso de sillas y diversos vehículos para personas con movilidad reducida y, sobre todo, su venta en jugueterías, que ha hecho a muchos creer que este tipo de vehículos pueden circular por cualquier parte. De manera que volvamos a la ley de circulación vial, para recordar qué es lo que podemos hacer y no con ellos.

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